jueves, 20 de diciembre de 2012

ALFONSO V Y NAPOLES



La conquista de Nápoles (1435-1443)
A pesar de la conmoción que supuso la noticia de la prisión de los hijos de Fernando el de Antequera, lo cierto fue que el cautiverio, primero en Génova y más tarde en Milán, se caracterizó por su benevolencia.
El duque Filipo Visconti quedó tan gratamente impresionado por la personalidad de Alfonso V que rápidamente se llegó a un acuerdo, el tratado de Milán, firmado el 8 de octubre de 1435, mediante el cual ambos dirigentes pactaron una división en las empresas italianas: todo el norte (incluida Córcega, a la que renunció el monarca aragonés), quedaría bajo la influencia milanesa, mientras que el sur de Italia, especialmente Nápoles, sería área de expansión aragonesa.
Las Cortes de Aragón, Valencia y Cataluña se vieron obligadas además a pagar treinta mil ducados como rescate de su rey, cantidad que, a pesar de ser pagada con rapidez para que el monarca recobrase la libertad, enfrió un poco más las tensas relaciones entre Alfonso V y sus territorios hispánicos. Alfonso V, en enero de 1436, nombró a su hermano, Juan I de Navarra, lugarteniente general de Valencia y Aragón, mientras que su esposa, la reina María, lo continuaba siendo de los condados (Cataluña), lo que, en la práctica, significaba delegar toda la política peninsular para continuar persiguiendo el sueño napolitano.
Con más pena que gloria, Alfonso V fue consiguiendo la financiación necesaria para reparar en su flota el daño sufrido en Ponza y volver a la carga, alentado por el extraño funcionamiento interno de los pactos políticos entre los estados italianos.

En 1435, el papa Eugenio IV recompensó la fidelidad de los Anjou al partido güelfo mediante el reconocimiento de René de Anjou como legítimo heredero de Nápoles, tal como figuraba en el testamento de la fallecida reina Juana.
Pero los Sforza y los Visconti no estaban dispuestos a aceptar sin más esta intromisión francesa, a pesar de que durante estos años continuaron peleándose entre ellos en diversos frentes.
En 1438 el propio René desembarcó en Italia, pero los problemas del papado, inmerso en la crisis del Concilio de Basilea (1439) obraron a favor de Alfonso V, que contó con el beneplácito de muchos nobles italianos en su lucha contra los Anjou.
Desde su base de Gaeta, el Magnánimo fue poco a poco limando el poder angevino en la isla y ganando adeptos: la conquista de Aversa (1440) y de Benevento (1441) preludiaron el largo asedio de Nápoles por parte de la armada y del ejército de Alfonso V.
Aunque genoveses y milaneses trataron de reaccionar contra su común enemigo aragonés firmando la paz de Cremona (1441), ya era demasiado tarde: el 2 de junio de 1442 Alfonso V conquistó la capital napolitana, efectuando una espectacular entrada triunfal en el Castilnuovo el día 26 de febrero de 1443. La nobleza del reino le aceptó como monarca y se comprometió a pagar un elevado donativo en metálico para sufragar los gastos de la guerra.
Tras largos años de lucha y de reveses, la determinación napolitana del monarca había conseguido llegar a su fin, dando comienzo el período italiano de la vida del que ya comenzaba a ser llamado por los escritores humanistas Alfonsus, rex Hispanis, Siculus, Italicus, pius, clemens, invictus.
En la paz de Terracina (1443), el propio Eugenio IV reconoció el gobierno de Alfonso V sobre Nápoles, completando la rotunda victoria contra todos sus enemigos.

El esplendor de un reinado (1445-1458)
Nápoles se convirtió desde 1443 en la capital de un imperio mediterráneo aragonés, pues Alfonso V ya no volvió a la península Ibérica.
Desde allí, procuró convertir a Nápoles como enlace mediterráneo que garantizase el comercio con sus reinos hispánicos y, por ende, el dominio napolitano fuese convertido en centro de prosperidad económica para Aragón, Valencia y Condado de Barcelona (Cataluña).
Pero la complejísima situación interna de Italia implicaría la existencia de guerras a las que Alfonso V no fue ajeno, especialmente contra Génova y Milán. Por momentos, como en 1447, cuando Filipo Visconti, en su testamento, le cedió el gobierno de todos sus estados excepto los castillos de Milán y Pavía,
Alfonso el Magnánimo acarició la idea de convertirse en rey de toda Italia. Pero primero los propios milaneses, proclamando la República Ambrosiana (1448), y más tarde los Sforza, apoderándose del gobierno del ducado (1450), frustraron los planes panitálicos de Alfonso V. El intento del emperador Federico III por hacerse coronar emperador de Roma, en 1452, cuando el rey Magnánimo ya era casi un sexagenario monarca, marca el punto de inflexión de estos sueños de expansión, pues prefirió alojar a su germánico huésped y cederle el dominio de sus territorios del norte.
En abril de 1454, la firma de la paz de Lodi entre los estados italianos puso fin a estos conflictos, pero, a su vez, el enfrentamiento entre Alemania y Francia sería el origen de la posterior presión francesa sobre los territorios napolitanos controlados por la monarquía aragonesa.
La última acción de Alfonso V fue ordenar al almirante Bernat de Vilamarí dirigirse con la flota aragonesa a asediar Génova, ante la ruptura de la paz de Lodi por parte de los genoveses.
Pero la muerte llamó al Magnánimo el 27 de junio de 1458, dejando inconclusa esta nueva empresa.
No tuvo hijos legítimos de su esposa, la reina María de Aragón, y no hay que buscar más explicación para este hecho que ver cómo en los cuarenta y tres años que ambos estuvieron casados apenas pasaron juntos cinco.
Sí tenía Alfonso V dos hijos ilegítimos, Fernando (Ferrante) y Juan (Gianni), habidos en dos de sus amantes italianas. El primero heredaría el reino de Nápoles, mientras que el segundo lo haría con el resto de ducados y títulos transalpinos.
Sin embargo, en Aragón reinaría su hermano, Juan I de Navarra (Juan II de Aragón), pues los hijos de las amantes no heredaban.
Paradójicamente, Alfonso V no tuvo ningún hijo de su más famosa amante, la bella Lucrezia d’Alagno, a quien colmó de prebendas y dinero en sus últimos años de vida. El desmedido amor que sintió por esta doncella dominó sus últimos años, como nos demuestra la narración de Eneas Silvio Piccolomini:

¡Qué asombroso es el poder del amor! Un gran rey, señor de las más nobles regiones de Hispania, señor de las islas Baleares, Córcega, Cerdeña y la misma Sicilia, el hombre que ha conquistado tantas provincias de Italia y derrotado en batalla a los más poderosos príncipes, al final era derrotado por el amor e igual que un prisionero se convertía en siervo de una simple mujer.!
(Recogido por Ryder, op. cit., p. 481).

Fuente: http://www.mcnbiografias.com

sábado, 15 de diciembre de 2012

POLÍTICA DEL REY ALFONSO V



POLITICA (II PARTE)
Alfonso V residió poco tiempo en sus estados aragoneses; de los 42 años de su reinado, pasó en Italia 29, siendo sustituido en sus largas ausencias por lugartenientes, que fueron su esposa la reina doña María y su hermano Juan de Navarra, el futuro Juan II, asesorados por los oportunos Consejos.
El interés por sus Estados peninsulares quedó en segundo plano a poco de acceder al trono, para dedicarse íntegramente a las cuestiones mediterráneas, herencia de su padre Fernando de Antequera. En 1420 marchó a Italia, con el propósito de asegurar su soberanía sobre las islas de Sicilia, Córcega y Cerdeña.
Poco después se vio implicado en los asuntos de Nápoles; Juana II le ofreció la sucesión de su reino a cambio de ayuda contra sus enemigos, oferta que aceptó el aragonés porque se le ofrecía la ocasión de continuar la expansión mediterránea.
Pero la ligera reina cambió varias veces de parecer y finalmente nombró sucesor a Luis III de Anjou, conde de Provenza, y a la muerte de éste en 1434, a su hermano Renato.
La reina recabó de Aragón la ayuda necesaria para hacer volver al rey, que «se partio daquesti regno tres annos e quatro meses ha passados» y que no podía regresar por carecer de dinero para pagar a la guarnición que tenía que dejar en Nápoles.
Las Cortes concedieron 10.000 florines a tal efecto, insistiendo en la necesidad acuciante del regreso del monarca. Más que el deseo de satisfacer a sus súbditos, fueron las circunstancias bélicas las que obligaron a Alfonso a volver a la península, en 1423, en busca de refuerzos, pero la situación de sus reinos le forzó a quedarse en ella hasta 1432, año en que tornaría a Italia decidido a apoderarse del trono napolitano y donde permanecería hasta el fin de sus días.

martes, 11 de diciembre de 2012

ALFONSO V REINADO



Otros hechos relevantes
El Rey Alfonso V fijo su atención en África  y en 1432,  dirige una expedición militar contra la isla de Yerba. Su interés se reanuda en 1434 con una nueva expedición a Trípoli, sin embargo las muertes de sus rivales napolitanos hace que su atención vuelva a centrarse en Italia.
Tuvo contactos diplomáticos con el imperio de Etiopía. En 1428, recibió una carta de Yeshaq I de Etiopía, entregada en mano por dos dignatarios, en la cual le proponía una alianza contra los musulmanes, sellada por un doble matrimonio, el del infante Don Pedro con la hija de Yeshaq, a condición de que éste llevara a Etiopía a un grupo de menestrales.
No está claro si Alfonso respondió a esta carta ni en qué términos, aunque un mensaje enviado al sucesor de Yeshaq, Zara Yagob en 1450, escribía que estaría encantado de enviarlos si se garantizaba su seguridad, ya que en una ocasión anterior toda una partida de trece de sus súbditos habían perecido en el viaje.

Política cultural
Alfonso V puede considerarse como un genuino príncipe del Renacimiento ya que desarrolló un importante mecenazgo cultural y literario que le valió el sobrenombre de “el Sabio” y que convertiría a Nápoles en el foco principal de la entrada del humanismo renacentista en el ámbito de la Corona de Aragón.
Protegió a humanistas destacados, como Lorenzo Valla, Giovanni Pontano o el Antonio Beccadelli. Fruto de este mecenazgo fue un círculo de poetas de cancionero cuya obra recoge el Cancionero de Stúñiga.
Su devoción hacia los clásicos fue excepcional. En sus propias palabras dijo: «los libros son, entre mis consejeros, los que más me agradan, porque ni el temor ni la esperanza les impiden decirme lo que debo hacer».
Se dice igualmente que Alfonso detenía a su ejército en piadoso respeto ante el lugar de nacimiento de un escritor latino, llevaba a Tito Livio o a César en sus campañas y su panegirista Panormita no consideraba una increíble mentira el decir que el rey fue curado de una enfermedad cuando se le leyeron unas páginas de la biografía de Alejandro Magno escrita por Quintus Curtius Rufus.
Su reinado se acaba con dos nuevas guerras: una contra su primo y cuñado, Juan II de Castilla, entre los años 1445 y 1454, y otra contra Génova que se inició en 1454 y continuó hasta su muerte, ocurrida el 27 de junio de 1458 en el castillo del Ovo (Nápoles).
Descendencia y sucesión en el Trono
En 1408 Alfonso se comprometió con María de Castilla (1401-1458), hija de Enrique III el Doliente, y prima suya. El matrimonio se celebró en la catedral de Valencia el 12 de junio de 1415. No tuvieron descendencia. Parece ser que su relación matrimonial no era buena, de aquí puede surgir el hecho de que instalase su corte en Napoles.
De su relación con Giraldona de Carlino, tuvo tres hijos naturales:
Fernando (1423 - 1494), su sucesor en el reino de Nápoles con el nombre de Fernando I.
 Y sus hijas María y Leonor.

Sucesión
En la corona de Aragón, Sicilia y Cerdeña, le sucedió su hermano Juan. El reino de Nápoles quedó en manos de su hijo bastardo Fernando.
En 1671 Pedro Antonio de Aragón, virrey de Nápoles obtuvo el permiso para trasladar desde allí los restos de Alfonso el Magnánimo y depositarlos en los Sepulcros Reales del monasterio de Poblet.
Se construyó una tumba con gran pedestal junto a los sepulcros reales, en el crucero, en el lado del Evangelio. Sólo queda en la actualidad la base o pedestal restaurado.


domingo, 18 de noviembre de 2012

ALFONSO V REY DE ARAGÓN



ALFONSO V DE ARAGÓN (Parte I)
Alfonso V de Aragón nació en Medina del Campo, 1396 y murió en Nápoles, el 27 de junio de 1458.
Alfonso V era el hijo primogénito del regente de Castilla Fernando de Antequera y posteriormente rey de Aragón con el nombre de Fernando I, y de la condesa Leonor de Alburquerque.
Pertenecía, por tanto, a la Casa de Aragón por ser nieto de Leonor de Aragón (ya que la dignidad real aragonesa podía transmitirse por línea femenina) y al linaje Trastámara por ser nieto de Juan I de Castilla.
El 28 de junio de 1412 se convierte en heredero al trono de la Corona de Aragón cuando su padre Fernando I, fue proclamado rey tras el llamado Compromiso de Caspe y tres años más tarde, el 12 de junio de 1415, en la catedral de Valencia, contrae matrimonio con su prima la infanta María hija de Enrique III de Castilla y de Catalina de Lancáster.
El 2 de abril de 1416, tras el fallecimiento de su padre le sucede como rey de Aragón y de los demás reinos de los que era titular.
El Rey Alfonso V fue llamado también el Magnánimo y el Sabio,
Ostentó los siguientes títulos  entre 1416 y 1458 fue rey de Aragón, de Valencia (Alfonso III), de Mallorca (Alfonso I), de Sicilia (Alfonso I) de Cerdeña (Alfonso II) y conde de Barcelona (Alfonso IV); y entre 1442 - 1458 rey de Nápoles (Alfonso I).
La dinastía Trastámara, establecida en Aragón en 1412 por decisión de los compromisarios de Caspe era castellana. Alfonso V se rodeó de castellanos, lo que sentó mal en los reinos de la Corona, que pidieron al monarca ser consultados antes de proveer los oficiales para la real casa, pero su petición no fue atendida.
Nombró baile general de Aragón a D. Álvaro de Garavito, nombramiento que causó fuertes conmociones. (Baile Antiguamente, en la Corona de Aragón, juez ordinario en ciertos pueblos de señorío).
No contento con esto, obligó a dimitir al Justicia de Aragón Juan Ximénez Cerdán  para designar en su puesto a su incondicional colaborador Berenguer de Bardaxí lo que originó disturbios que llevaron a Bardaxí a renunciar al cargo.
Posteriormente, en 1439, destituiría a otro Justicia de Aragón, Martín Díez  por motivos poco claros.
Alfonso V no celebró Cortes  para los aragoneses hasta siete años después de su llegada al trono. Cuando por fin, en 1423, se celebraron en Maella, las presidió la lugarteniente doña María de Castilla (su esposa), en medio de las protestas de los participantes por esta delegación.

domingo, 11 de noviembre de 2012

FERNANDO I REY DE ARAGÓN



Fernando I de Aragón nació en Medina del Campo, el 27 de noviembre de 1380 y falleció en- Igualada, el día 2 de abril de 1416.
Fernando era hijo segundo de Juan I de Castilla y de Leonor de Aragón, hermana del rey aragonés Martín el Humano, y nieto, por tanto, del rey Pedro IV el Ceremonioso por vía materna, y del rey Enrique II de Castilla, por la rama paterna.
En 1410, al morir su tío el rey Martín I de Aragón sin descendencia directa y legítima, Fernando presenta su candidatura a la sucesión del trono aragonés y, aunque en un principio se presentan hasta seis candidatos al trono y Fernando no es de los más favorecidos, la caída en desgracia de Luis de Anjou, que no pudo responder a las peticiones de ayuda militar de sus partidarios debido a la lejanía de Nápoles, impulsó la candidatura de Fernando, que se convirtió en la más potente junto a la de Jaime de Urgel.
Fernando, que contaba con un gran poder económico, su red de señoríos era enorme, junto a un sólido prestigio militar y el ejército castellano a su disposición, contó con el apoyo de la familia valenciana de los Centelles, de la familia aragonesa de los Urrea y de una parte sustancial de la burguesía barcelonesa.
Esto, unido a los errores de Jaime de Urgel, entre ellos la conspiración para asesinar al arzobispo de Zaragoza, García Fernández de Heredia, y al apoyo tanto de Benedicto XIII, así como de su confesor, Vicente Ferrer, inclinarán la balanza hacia la candidatura de Fernando, que será refrendado, el 28 de junio de 1412, en el llamado Compromiso de Caspe al ser proclamado rey de Aragón y de los demás estados de la Corona de Aragón.
De esta manera el Rey Fernando I también llamado Fernando de Trastámara, Fernando de Antequera, Fernando el Justo y Fernando el Honesto, fue infante de Castilla, rey de Aragón, de Valencia, de Mallorca, de Sicilia, de Cerdeña y de Córcega; duque de Neopatria y de Atenas; conde de Barcelona, de Rosellón y de Cerdaña; y regente de Castilla. Fue el primer monarca aragonés de la dinastía castellana de los Trastámara,
Tras realizar el juramento completo como rey el 3 de septiembre ante las Cortes de Aragón reunidas desde el el 25 de agosto de 1412 en Zaragoza, donde varios de sus antiguos rivales para ocupar el trono, como Alfonso de Gandía, Fadrique de Luna y Juan de Prades, le rendirán pleitesía, se dirigirá a Lérida, donde representantes de su gran rival, Jaime de Urgel, le rinden vasallaje, a cambio del ducado de Montblanch y de la concertación de un matrimonio entre sus hijos Enrique e Isabel.
El 19 de noviembre, Fernando convocaba las Cortes de los condados catalanes con objeto de jurar sus usos y costumbres; el 15 de diciembre fueron convocadas, pero no concluirían hasta el 31 de agosto de 1413, debido a la necesidad de sofocar la revuelta de Jaime II de Urgel iniciada en la primavera de este último año;
El inicio de las Cortes del Reino de Valencia se había previsto para el 15 de abril de 1413, pero la sublevación de Jaime II y la coronación en Zaragoza que se celebró en 1414 impidió su inicio.
Con la ayuda de todos los estamentos de la Corona sofoca la revuelta y sitia al conde de Urgel en el castillo de Balaguer, que es tomado el 31 de octubre, tras lo cual el antiguo pretendiente al trono de Aragón fue despojado de todos sus títulos y desterrado.
En 1413 propondría a las Cortes en Barcelona realizar la primera compilación de las Constituciones.
Política interior
Fernando I de Aragón reinó poco tiempo; a pesar de ello, en los aproximadamente tres años y nueve meses que duró su gobierno reorganizó la Hacienda y saneó la economía y la administración de la Corona.
Trabajó en la seguridad ciudadana, intentó impedir las persecuciones contra los judíos y procuró luchar contra la corrupción.
También emprendió una reforma de los gobiernos de los municipios buscando una mayor participación de sus representantes.
En cuanto a las instituciones políticas, no introdujo cambios estructurales en la organización de la Corona, sino que mantuvo el sistema anterior, procurando que el rey participara como un elemento más integrado en los organismos de gobierno establecidos, lo que contribuyó al fortalecimiento del poder regio. Su gran logro en este ámbito fue restablecer el orden tras el inestable periodo del Interregno previo al Compromiso de Caspe
Política exterior
Normalizó la situación interna de Sicilia con el nombramiento en 1415 de su hijo Juan como virrey de Sicilia, logrando acabar con la guerra civil que desde el fallecimiento de Martín el Joven enfrentaba a la viuda de este, Blanca I de Navarra, con el hijo ilegítimo de aquel, Fadrique de Luna. También orientó a su hijo Juan hacia el Nápoles, proponiendo su matrimonio con la reina Juana, proclamada a la muerte de su hermano Ladislao I de Nápoles el 6 de agosto de 1414, pero el enlace no prosperó y Juan acabó casando con Blanca.
Al resto de los llamados por Don Juan Manuel «infantes de Aragón», Enrique, Pedro y Sancho los situó como grandes maestres de las órdenes militares de Santiago, Calatrava y Alcántara; por su parte, las infantas de Aragón María y Leonor acabaron siendo reinas consortes de Castilla y de Portugal respectivamente.
Además, como perteneciente al linaje de Trastámara, Fernando I tenía grandes patrimonios en Castilla, donde era también regente, lo que le permitió de facto gobernar en ambas Coronas, ya que no renunció a la regencia castellana tras alcanzar el trono aragonés.
En la cuestión del Cisma de Occidente, se desvinculó muy pronto de Benedicto XIII (el papa Luna o antipapa) e intentó que renunciase al pontificado, para lo cual se reunió con él en Morella (1414) y en Perpiñán (1415).
Tras la decisión tomada en el Concilio de Constanza, reunido el 5 de noviembre de 1414, que destituyó a los tres papas, y la entrevista que Fernando I tuvo con el emperador Segismundo, el rey de Aragón decidió contribuir a poner fin al Cisma dejando de apoyar al papa Luna, lo que permitió que la Corona de Aragón volviera a ocupar el centro de las decisiones en el ámbito europeo y recuperara su posición al frente de la política en el Mediterráneo.
Aseguró la continuidad de la monarquía, aspecto que tantos problemas había causado con la muerte sin heredero de Martín I el Humano, nombrando a su primogénito Alfonso heredero real.

El 14 de marzo de 1416 enfermó en Igualada, donde murió el 2 de abril del mismo año.

miércoles, 31 de octubre de 2012

CONSECUENCIAS DEL COMPROMISO DE CASPE (v)


COMPROMISO  DE CASPE Y EL REY FERNADO I DE ARAGÓN

Este trabajo se debe a la Iniciativa del Gobierno de Aragón y los profesores José Ángel Sesma Muñoz, Carlos Laliena Corbera, Cristina Monterde Albiac, recogido en su obra: En el sexto centenario de la Concordia de Alcañiz y del Compromiso de Caspe.
 El sábado 3 de septiembre de 1412, en la Seo de Zaragoza, Fernando I juró ante los estamentos del reino que mantendría y defendería los Fueros, no actuaría contra ningún aragonés sin mandato judicial, conservaría intacta la moneda jaquesa y guardaría la unidad de la Corona de Aragón, tal y como había sido establecido por sus antecesores. A continuación, los eclesiásticos, nobles, caballeros y procuradores de las ciudades le prestaron juramento como su «señor y rey nuestro natural» al que debían «tener fidelidad y observar obediencia». En el transcurso de las siguientes semanas, el monarca juró preservar los Usatges de Cataluña y las Costumbres de Barcelona, y fue, a su vez, reconocido como soberano por los
estamentos del principado. Estas ceremonias están lejos de ser una rutina en la sucesión real y las que describimos aún lo son menos. Nos muestran la voluntad del nuevo soberano de incardinarse en el modelo político que se había forjado en la Corona en los ciento cincuenta años anteriores, un modelo que otorgaba una particular importancia a la representación política de las elites de los estados que configuraban la monarquía y que había conseguido el suficiente consenso cívico para asegurar la supervivencia indemne de la Corona en el transcurso de las crisis bélicas del siglo XIV y, especialmente, de las difíciles circunstancias del Interregno. Sin embargo, Fernando hizo una salvedad en su juramento: no aprobó en principio las concesiones hechas a cargo del patrimonio real en los cincuenta años anteriores. Mostraba con ello su decisión de romper con algunas de las prácticas más nocivas de la dinastía, que habían sido denunciadas repetidamente por las Cortes en tiempos de Juan I y Martín I, en particular la colusión entre el entorno real y ambiciosos hombres de negocios en detrimento de los intereses generales. Es probable, no obstante, que esta voluntad de despegarse de la parte menos edificante de la política tradicional fuera una de las aspiraciones de amplias capas de la sociedad civil que aclamaron sin reticencias a Fernando: un rey fuerte, con ideas claras, capacidad demostrada y, lo que no es menos importante, un elevado sentido del deber en el ejercicio de sus obligaciones. Desde su época de infante en Castilla, Fernando había valorado profundamente la imagen que deseaba transmitir a sus contemporáneos y a la posteridad, una imagen en la que los valores caballerescos de la fidelidad, la justicia, la contención y austeridad personales se unían a una fuerte creencia en su excepcional destino y el de sus descendientes, todo ello matizado con una cuidada propaganda que incluía la recuperación de la lucha contra el Islam y una particular devoción de la Virgen como complementos esenciales.
Si el juramento supuso el primer hito del reinado, es significativo que Fernando eligiera como segundo acto la investidura de los reinos de Sicilia y Cerdeña, solicitada en Tortosa al papa a Benedicto XIII, a quien reconocía la legitimidad pontificia en este momento. Esta donación como feudo papal de las islas italianas cerraba un siglo de conflictos mediterráneos: lo que un papa había negado a Pedro el Grande en 1283, un papa lo concedía al nuevo monarca. Este gesto llevaba implícito el reconocimiento de que los estados extrapeninsulares de la Corona eran parte decisiva del futuro político que se dibujaba en 1412.
La afirmación dinástica en ambas islas y, apenas una veintena de años después, en Nápoles, de la mano de Alfonso el Magnánimo, hizo que el Mediterráneo occidental se convirtiera en un espacio de dominio hispánico durante varios siglos.
El resto del breve periodo de mandato de Fernando I se consumió en la guerra contra el conde de Urgell, que se negó a acatar el resultado de Caspe y fue derrotado y aprisionado de por vida, en la reforma de las instituciones municipales de Zaragoza, la evaluación de los bienes reales y, finalmente, el matrimonio del heredero, Alfonso, con María de Castilla. Si a estos aspectos añadimos la consolidación de las Diputaciones en Aragón y Cataluña, tenemos no sólo un cuadro razonablemente completo de las decisiones reales, sino, sobre todo, un panorama de las orientaciones que iba a seguir la política de la Corona en los decenios siguientes.
En efecto, una de las líneas directrices de la actuación de la monarquía durante el resto del siglo la constituyó el intento de organizar los gobiernos municipales de forma que se atenuaran los desgarros delos patriciados de las ciudades aragonesas, catalanas y valencianas, sacudidos por feroces luchas de bandos agravadas durante el Interregno, sin ceder un ápice de la autoridad real. La tentativa de recuperar los señoríos, tierras y rentas perdidos durante la tormenta perfecta del siglo XIV, cedidos a cambio de dinero para sostener el esfuerzo militar, fue del mismo modo un componente fundamental de la política dinástica.
Se plasmó en la demanda de dinero a las Cortes para fortalecer el crédito de la monarquía, pero también en el estímulo de un sentimiento general en el cuerpo cívico del reino, fundado en una defensa de los vasallos de señorío y los payeses de «remensa», que forjó una alianza de las clases rurales aragonesas y catalanas con Fernando y sus sucesores, lo que traería graves problemas para la corona en la segunda mitad de la centuria. A diferencia de lo que sucedió en Cataluña, donde la organización definitiva de la Diputación del General o Generalitat no fue suficiente para anudar el buen entendimiento entre Fernando I y los grupos dirigentes del principado, los pasos que en este sentido se dieron en Aragón fueron, probablemente, decisivos en la adhesión de la clase política a reyes de temperamentos tan diversos como Alfonso V o Juan II. Merece la pena detenerse un segundo en valorar la trascendencia de la creación de estas instituciones. Surgidas como la cristalización de un procedimiento frecuente en las reuniones de Cortes, nombrar diputados para negociar acuerdos concretos, las Diputaciones adquieren a principios del siglo XV competencias en materia fiscal, de protección de los derechos legales de los súbditos -de ahí el nombre de «General» de Aragón o «Generalitat» de Cataluña, con el sentido de la totalidad de los habitantes, y, por tanto, de representación política en el sentido medieval del término. Es innecesario
subrayar la profunda originalidad de estas instituciones, que comparten el poder político y ejecutivo con los monarcas durante el resto del siglo y solamente se desvirtúan progresivamente en el mundo de los Austrias.
Por último, la decisión de amarrar los lazos con Castilla mediante el matrimonio de su heredero con la hermana del rey Juan II indica una vía por la que transitó la política exterior de la Corona hasta culminar en 1469 con el matrimonio de Isabel y Fernando y la instauración de la monarquía hispánica. Una política que osciló entre la intervención en los asuntos internos castellanos, a través de los famosos «infantes de Aragón», los enfrentamientos armados –más bien en forma de grandes paradas militares que otra cosa– y una interacción económica, social y cultural crecientes que abrieron paso para la unión dinástica del último cuarto del siglo.
Más allá de la apertura de horizontes que se inicia con la resolución de Caspe y hemos intentado reseñar rápidamente, el Compromiso se inscribe en el marco de una cultura política que en modo alguno puede sernos ajena. Repasemos algunos de los aspectos significativos, que se desprenden de los discursos, las cartas y los debates que se cruzaron en los Parlamentos y que encuentran su expresión más sintética en el pergamino que editamos. La idea de que la persona del rey es independiente de la corona, que tiene su propia personalidad jurídica, una corona compuesta por un cuerpo político que integra a todos los ciudadanos y súbditos, que forman una «comunidad política» dotada de derechos, subyace en estas fuentes.
Entre los derechos que asisten legítimamente a la comunidad política del reino figuran la justicia y la ley, que no dependen de la voluntad real, sino que son inherentes a la ley natural que debe regir también a los reyes. Al escudriñar atentamente los derechos de los candidatos al trono para encontrar al rey verdadero -no para elegirlo-, los compromisarios, y con ellos sus electores parlamentarios, estaban defendiendo la resolución de un conflicto fundamental mediante el Derecho, la suma de las leyes por las que se gobernaba esa comunidad política. Lo hicieron mediante la designación de personas que representaban en los Parlamentos al cuerpo cívico de la corona que, a su vez, nombraron a sus propios representantes y les entregaron poderes para completar la investigación que habían iniciado. Esta noción de representación es capital para comprender el alcance del Compromiso. Es cierto que quienes estuvieron en Alcañiz, Tortosa o Traiguera no habían sido elegidos por ningún procedimiento que podamos considerar democrático, pero -y sus discursos lo reiteran hasta la saciedad- compartían la firme creencia de que su legitimidad se basaba en el servicio al bien público, a la «res publica», al «General» del reino, desde una perspectiva en la que la tradición clásica, especialmente Cicerón tenía un considerable peso. Al ajustar su actuación a pautas jurídicas, al establecer los límites de su capacidad de intervenir exclusivamente atender al mejor derecho de los pretendientes, los miembros de los Parlamentos estaban sometiéndose asímismos al imperio de la ley.
En la misma época, la celebración del concilio de Constanza, que perseguía cerrar el Cisma de la Iglesia mediante procedimientos parecidos, muestra que el Compromiso no fue una rareza y se insertaba en un pensamiento político cada vez más difundido, el que hacía del estado una institución destinada a proteger la paz y la justicia. Por último, la «fraternal unidad» a la que aluden repetidamente los Parlamentos catalán y aragonés en sus cartas mutuas y con relación a los valencianos como un valor esencial recuerda que los pactos que sellaron el Compromiso se gestaron en una atmósfera de violencia latente -y, en ocasiones, abierta- pero siempre con un profundo respeto recíproco entre los dirigentes de ambas instituciones y una generosa voluntad de concordia.

martes, 23 de octubre de 2012

EL COMPROMISO DE CASPE (IV)

Acta del Compromiso de Caspe

Este trabajo se debe a la Iniciativa del Gobierno de Aragón y los profesores José Ángel Sesma Muñoz, Carlos Laliena Corbera, Cristina Monterde Albiac
El acta original del Compromiso de Caspe ha permanecido inédita hasta hace unos meses, (2012) conservada por la familia Ram de Viu que ha facilitado su trascripción y edición. Desde aquí debemos agradecer a esta familia el cuidado con que durante siglos han preservado este fragmento de la memoria histórica aragonesa
Traducción al español
Caspe, 25 de junio de 1412
Acta notarial de la proclamación del infante
Fernando de Castilla, como rey de Aragón.
En el nombre de nuestro Señor Jesucristo. Sea a todos manifiesto que el día sábado vigésimo quinto del mes de junio, año del nacimiento del Señor de mil cuatrocientos doce, a hora de tercia o casi, reunidos los muy reverendos y honorables señores, las nueve personas más abajo nombradas, designadas y elegidas para investigar, instruir, informar, conocer, reconocer y publicar lo que abajo se suscribe, reunidas en una sala del castillo de la villa de Caspe, junto al río Ebro, en Aragón, en presencia de nosotros, los notarios suscritos, designados por la autoridad, facultad y potestad de dichos señores diputados y otros que quedan nombrados y calendados.
Nosotros, los notarios que más abajo consignamos nuestros nombres, damos auténtica y verdadera fe.
Y en presencia de los honorables señores testigos anotados abajo, los señores sobredichos mandaron al reverendo maestro Vicente Ferrer, que suscribe, que en nombre de todos ellos leyera y publicara una escritura que de parte de dichos señores el reverendo padre y señor en Cristo, el señor Domingo Ram, obispo de Huesca, que abajo suscribe, dio y entregó al maestro Vicente Ferrer. Y nos requirieron a nosotros, los infrascritos notarios, que de todas las cosas mencionadas y de cada una de ellas hiciéramos uno y varios documentos públicos.
Y el reverendo señor maestro Vicente Ferrer recibió dicha escritura y la leyó e hizo pública en presencia de todos, cuyo tenor es el que sigue:
Nos, Pedro de Ça Garriga, arzobispo de Tarragona, Domingo Ram, obispo de Huesca, Bonifacio Ferrer, prior de la Cartuja, Guillermo de Valseca, doctor en Leyes, fray Vicente Ferrer, de la orden de Predicadores, maestro en Sagrada Teología, Berenguer de Bardají, señor de Zaidín, Francisco de Aranda, donado del monasterio de Portaceli de la orden de la Cartuja, oriundo de la ciudad de Teruel, Bernardo de Gualbes, jurista en ambos Derechos, y Pedro Bertrán, doctor en Decretos, es a saber, los nueve diputados o elegidos por los Parlamentos Generales, según de nuestra elección y de la subrogación de Pedro Bertrán consta por instrumentos públicos hechos en Alcañiz el día 14 de marzo del año de la Natividad del Señor de mil cuatrocientos doce, y en Tortosa el día 13 del mismo mes y año, y en el castillo de Caspe el día 16 de mayo de ese mismo año, con plena y plenísima, general y generalísima autoridad, facultad y potestad de investigar, instruir, informar, conocer, reconocer y publicar al que los dichos Parlamentos y los súbditos y vasallos de dicha Corona de Aragón estén obligados a prestar fidelidad y a tener y reconocer en justicia como a su verdadero rey y señor, al que nosotros, según Dios y nuestras conciencias, declaremos por tal; de tal modo que aquello que nosotros nueve de común acuerdo, o seis de nosotros entre los que tiene que haber uno por cada terna, publiquemos y demás cosas que llevemos a cabo en cumplimiento de los capítulos acordados por dichos Parlamentos, se tenga por hecho justo, constante, válido y firme, según consta en los dichos potestad y capítulos por instrumento público recibido en Alcañiz por los notarios Bartolomé Vicente, Paulo Nicolás y Raimundo Batlle el día 15 de febrero del citado año.
Considerando que cada uno de nosotros votó y juró solemne y públicamente, entre otras cosas, que procedería en este negocio juntamente con los demás y según la potestad recibida tan diligente y razonablemente como fuera posible y proclamaría al verdadero rey y señor de acuerdo con su voto y juramento, lo cual consta y es contenido más largamente por los documentos públicos recibidos en la villa de Caspe por los dichos Pablo Nicolás, Raimundo Batlle y Jaime de Monfort, notarios, en los días diecisiete y veintidós de abril y dieciocho de mayo de dicho año.
Vistos el tenor y la forma de nuestras elecciones, así como la potestad y facultad otorgadas y los antedichos nuestros juramento y voto, y realizadas ya la investigación, instrucción, información, conocimiento y reconocimiento que por nosotros se debían hacer y manifestadas y comunicadas nuestras opiniones en justicia, según Dios y nuestras conciencias, y despachadas, reconocidas y consideradas estas y otras cosas, teniendo sólo a Dios ante los ojos, y a tenor de los poderes, voto y juramento antedichos, decimos y publicamos que los parlamentos nombrados y los súbditos y vasallos de la Corona de Aragón deben y están obligados a prestar fidelidad al ilustrísimo, excelentísimo y potentísimo príncipe y señor don Fernando, infante de Castilla, y que al mismo don Fernando deben y están obligados a tener y reconocer como su verdadero rey y señor. De todo lo cual os pedimos y requerimos a vosotros, los notarios infrascritos, que hagáis uno o varios documentos públicos para perpetua memoria del hecho.
De todas estas cosas y de cada una de ellas, los reverendísimos y honorables señores, los nueve diputados citados, nos requirieron de palabra que por nosotros, los notarios suscritos, se hicieran uno y muchos instrumentos públicos.
Estas cosas fueron hechas en el día, el año y en el lugar antedichos, estando presentes los honorables señores Francisco de Pau, caballero, Domingo Ram, licenciado en Leyes, prior de la iglesia de Alcañiz, Melchor de Gualbes, caballero, Domingo de Lanaja, Guillermo Zaera y Raimundo Fivaller, castellanos y guardas de dicho castillo de Caspe, llamados especialmente a este acto como testigos.
[1ª Col.]
Signo de mí, Bartolomé Vicente, notario público de la ciudad de Zaragoza y por la autoridad del señor rey de Aragón por toda la tierra y su dominio, a una con los notarios infrascritos estuve presente y cerré.
Signo de mí, Pablo Nicolás, en otro tiempo escribano real del señor rey de Aragón y por su autoridad notario público por todo su dominio real, que estuve presente y cerré aquellas cosas.
[2ª Col.]
Signo de mí Francisco Fonolleda, en otro tiempo escribano del ilustrísimo señor rey de Aragón y por autoridad real notario público por toda su tierra y sus dominios, que, requerida mi presencia en los lugares antedichos, juntamente con los nombrados y suscritos compañeros míos notarios estuve presente y recibí estas cosas y por otro escrito cerré.
Signo de mí, Raimundo Batlle, por autoridad del señor rey de Aragón, notario público por toda la tierra y sus dominios que a las cosas hechas a una con los notarios, mis compañeros nombrados aquí, estuve presente y las escribí y cerré.
[3ª Col.]
Signo de mí, Jaime de Plano, por autoridad real notario público por toda la tierra y dominios del señor rey de Aragón, que a todas las cosas escritas y cada una de ellas, a una con otros compañeros notarios nombrados estuve presente.
Signo de mí, Jaime de Monfort, por autoridad real notario público por toda la tierra y dominios del señor rey de Aragón, que a todas las cosas antedichas y singulares, a una con otros notarios compañeros míos aquí firmantes, estuvo presente y las cerré.
Fernando I y el restablecimiento de la línea dinástica de la Casa Real de Aragón
Documento Original
Caspe, 25 de junio de 1412
Acta notarial de la proclamación del infante
Fernando de Castilla, como rey de Aragón.
Documento original. Propiedad particular.
In nomine Domini Nostri Ihesu Christi. Pateat universis quod die sabbati intitulata vicesima quinta mensis junii, anno a nativitate Domini millesimo quadringentesimo duodecimo, hora terciarum vel quasi; existentibus reverendissimis et honorabilibus dominis novem personis infrascriptis ad investigandum, instruendum, informandum, noscendum, recognoscendum et publicandum subscripta, deputatis et electis in quadam aula castri ville de Casp, prope flumen Iberi in Aragonia constitute, personaliter congregatis,
in presencia nostrum notariorum subscriptorum qui de auctoritate, facultate et potestate dictorum dominorum deputatorum et aliis per kalendaria tactis et expressatis, prout nominati sumus inferius, facimus autenticam et veridicam fidem. Et in presencia eciam honorabilium dominorum testium infrascriptorum, prefati domini mandarunt reverendo magistro Vincencio Ferrarii subscripto, quod ipsorum nomine legeret et publicaret quandam scripturam quam ilico, dictorum dominorum ex parte,
reverendus in Christo pater et dominus dominus Dominicus Ram, episcopus Oscensis infrascriptus dedit et tradidit eidem magistro Vincencio Ferrarii. Et requisierunt nos infrascriptos notarios quod de predicáis omnibus et singulis faceremus unum et plura publicum et publica instrumenta, qui quidem reverendus dominus magister Vincencius Ferrarii accepit dictam scripturam et eam coram omnibus legit et publicavit cuius tenor sequitur in hunc modum:
Nos Petrus de Çagarriga, archiepiscopus Terracone, Dominicus Ram, episcopus Oscensis, Bonifacius Ferrarii dompnus Cartusie, Guillelmus de Vallesicca, legum doctor, frater Vincencius Ferrarii, de ordine Predicatorum, magister in sancta theologia, Berengarius de Bardaxino, Dominus loci de Çaydi, Franciscus d'Aranda, donatus monasterii Porteceli, ordinis Cartusie, oriundus civitatis Turolii, Bernardus de Gualbis utriusque juris et Petrus Bertrandi, Decretorum doctores, novem videlicet deputati vel electi per generalia Parlamenta prout de nostra eleccione et subrogacione mei, Petri Bertrandi, constat per publica instrumenta facta in Alcanicio die quartadecima marcii, anno a nativitate Domini millesimo quadringentesimo duodecimo; et Dertuse
die tercia decima dictorum mensis et anni; et in castro de Casp sexta decima die madii eiusdem anni, cum plena ac plenissima generali ac generalissima auctoritate, facultate et potestate investigandi, instruendi, informandi, noscendi, recognoscendi et publicandi cui predicta Parlamenta et subditi ac vassalli dicte Corone Aragonum fidelitatis debitum prestare et quem in eorum verum regem et dominum per justiciam, secundum Deum et nostras consciencias, habere debeant et teneantur, itaque illud quod nos novem in concordia, vel sex ex nobis, in quibus sex seu inter quos sint unus, de qualibet terna publicaremus vel alia pro exequcione capitulorum inter dicta
Parlamenta concordatorum faceremus aut exequtaremus quovismodo haberetur pro facto justo, constanti, valido atque firmo, prout de predictis potestate et capitulis constat per publica instrumenta recepta in Alcanicio per Bartholomeum Vincencii, Paulum Nicolai et Raymundum Baiuli, notarios, die quintadecima februarii anno predicto. Considerantes quod inter cetera solemniter et publice quilibet nostrum vovit et juravit quod, simul cum aliis, secundum potestatem concessam, citius quo racionabiliter fieri posset, in negocio procederet et verum regem et dominum publicaret, prout in dictis voto et juramento de quibus constat per publica instrumenta, recepta in villa de Casp per dictos Paulum Nicolai, Raymundum Baiuli et Jacobum de Monteforti, notarios, diebus decima septima et vicesima secunda aprilis et decima octava madii anni predicti lacius continetur. Visis tenore et forma dictarum eleccionis, de nobis facte et potestatis, nobis tradite et juramenti et voti premissorum et prehabitis investigacione, instruccione, informacione, noscione ac recognicione que per nos fienda erant et dictis ac datis et comunicatis per justiciam secundum Deum et nostras consciencias; nostris oppinionibus, dictis atque votis et illis ac aliis
premissis, recognitis et consideratis, solum Deum habentes pre occulis, secundum tenorem potestatis et juramenti ac voti predictorum, dicimus et publicamus quod Parlamenta predicta et subditi ac vassalli Corone Aragonum fidelitatis debitum prestare debent et tenentur illustrissimo ac excellentissimo et potentissimo principi et domino: domino Ferdinando, infanti Castelle, et ipsum dominum Ferdinandum in eorum verum regem et dominum habere tenentur et debent. De quibus omnibus ad perpetuam rei memoriam petimus ac requirimus fieri unum et plura publicum seu publica instrumenta per vos, notarios infrascriptos. De quibus omnibus et singulis supradictis dicti reverendissimi et honorabiles domini novem deputati verbo eciam requisierunt per nos, notarios subscriptos, fieri unum et plura publicum seu publica instrumenta.
Que fuerunt acta die, anno et loco predictis, presentibus honorabilibus viris dominis Francisco de Pau, milite, Dominico Ram, licenciato in legibus, priore ecclesie Alcanicii, Melchiore de Galbis, milite, Dominico de Lanaja, Guillelmo Çaera et Raymundo Fivalerii, castellanis et custodibus dicti castri de Casp, ad hec pro testibus vocatis specialiter et assumptis.
[1ª Col.]
Sig (Signo) num mei Bartholomei Vincencii, notarii publici civitatis Cesarauguste et auctoritate domini regis Aragonum per totam terram et dominacionem suam, qui predictis, una cum connotariis infrascriptis, interfui e clausi. Sig (Signo) num mei Pauli Nicholai, olim illustrissimi domini regis Aragonum scriptoris, auctoritateque eiusdem notarii publici per totam ipsius regiam dominacionem, qui predicáis interfui, eaque clausi.
[2ª Col.]
Sig (Signo) num mei Francisci Fonolleda, illustrissimi domini regis Aragonum olim scriptoris, regiaque auctoritate notari publici per totam terram et dominacionem suam, qui prolationem predictis requisitus, una cum prenominatis et subscriptis connotariis meis interfui, eaque recepi et
per alium scriptum clausi.
Sig (Signo) num mei Raymundi Bajuli, autoritate illustrissimi domini regis Aragonum notarii publici per totam terram et dominacionem suam, qui premissis, una cum connotariis meis hic contentis presens fui, eaque scripsi et clausi.
[3ª Col.]
Sig (Signo) num mei Jacobi de Plano, auctoritate regia notarii publici per totam terram et dominacionem serenissimi domini regis Aragonum, qui premissis omnibus et singulis, una cum aliis connotariis suis hic contentis interfuit.
Sig (Signo) num mei Jacobi de Monteforti, auctoritate regia notarii publici per totam terram et dominacionem illustrissimi domini regis Aragonum, qui omnibus et singulis supradictis una cum aliis meis connotariis hic contentis interfui, eaque clausi.
[Al dorso del documento figuran dos anotaciones de archivo en diferentes tipos de letra:]
Declaracion del reyno de Aragon por los nuebe electos pertenecer al imfante don Hernando de Castilla y ser obedecido por rey de Aragon, a 25 de junio del año 1412.
Documento honorifico en favor de D. Domingo Ram.
Fuente:
Este trabajo se debe a la Iniciativa del Gobierno de Aragón y los profesores José Ángel Sesma Muñoz, Carlos Laliena Corbera, Cristina Monterde Albiac+
En la obre “En el sexto centenario de la Concordia de Alañiz y del Compromiso de Caspe”
Patrocinado por Gobierno de Aragón  Edición “on line”

sábado, 20 de octubre de 2012

El COMPROMISO DE CASPE (III)

Proclamación del Compromiso de Caspe

El asesinato, por parte de Luna, del Prelado de Zaragoza y la detención del hijo del Justicia, significa el despliegue de la violencia y que los bandos enfrentados, reclamasen la ayuda de sus valedores extranjeros, especialmente l anjuvino de Francia.
Este crimen fue decisivo para la marcha y resolución del proceso.
El Gobernador de Aragón, con excelentes lazos con Castilla, opto por aceptar tropas castellanas de auxilio, para poder mantener el reino en orden. De esta manera Fernando de Antequera tomaba posición. Los partidarios de Anjou no recibieron el apoyo de Francia y pasaron a apoyar al de Castilla
Los únicos que se mantenían, en su postura, eran los seguidores del Conde de Urgell D- Jaime de Urgell
Benedicto XIII, como papa oriundo de Aragón, pudo intervenir sin que los aragoneses vieran perturbación alguna en ello, por la admiración y el respeto filial que le tenían.
Ya en el parlamento aragonés que preparó la Concordia de Alcañiz  y en el parlamento catalán de Tortosa, había puesto de manifiesto su pensamiento político y la filosofía de su planteamiento de la cuestión sucesoria, aconsejando que la solución definitiva debía confiarse a unas cuantas personas elegidas por sus cualidades morales y conocimientos legales y de gobierno.
Don Pedro de Luna fue el artífice del progresivo traslado de la via iustitiae a la via compromissi que se advierte en el proceso sucesorio, y, sobre todo, fue el principal valedor de la persona del infante castellano don Fernando de Trastámara, en quien veía un apoyo incondicional en el asunto del Cisma de Occidente. garantizándose la obediencia papal de Castilla y Aragón en unos momentos en que peligraba el pontificado aviñonés de Benedicto XIII.
Íntimamente ligada a la actuación del papa aragonés está la figura de San Vicente Ferrer, quien actuó como instrumento de sus planes, basándose en su autoridad moral y en la inclinación sentida hacia don Fernando, correspondida ampliamente, durante el Interregno.
Fray Vicente Ferrer tuvo, además, el honor de formar parte de los nueve «hombres justos» de Caspe, y de ser el encargado de proclamar y hacer pública la elección del nuevo rey, así como de comunicarla al interesado.
El santo valenciano vio siempre en don Fernando de Trastámara un colaborador eficaz de sus sermones contra los judíos de la Corona y un servidor incondicional de los intereses de Benedicto XIII, a quien obedeció sin miramientos hasta que Fernando I decretara la sustracción a la obediencia del papa Aragonés de Aviñón en 1416.
La Concordia de Alcañiz de febrero de 1412, regulaba en 28 capítulos el procedimiento a seguir en la elección del nuevo monarca. En ella se diputaba a catorce personalidades aragonesas para que proveyeran, investigaran y decidieran con plenos poderes, junto con los representantes de los condados, sobre la personalidad del candidato legalmente idóneo; deliberando, finalmente, que la negociación se remitiese a nueve miembros, seleccionados entre los más respetables, para que dialogaran y midieran los derechos de los aspirantes.
La respuesta definitiva debía darse en el plazo de dos meses, a contar desde el 29 de marzo, con la posibilidad de una única prórroga que, en todo caso, no debía sobrepasar el 29 de junio de aquel año; y el lugar de reunión debía ser la villa de Caspe, que se vería protegida de cualquier intento armado externo o interno.
Respecto a los nueve jueces, debían representar proporcionalmente a Aragón, Valencia y los Condados (Cataluña); trasfiriéndoles plenos poderes y amplias facultades para obrar en consecuencia, de manera que sirviera la decisión tomada como mínimo por seis de ellos, siempre que hubiese al menos uno de cada reino.
Los aragoneses que habían asumido la responsabilidad del parlamento aragonés -Berenguer de Bardaxí, el gobernador y el Justicia del reino- la tomaron también en la designación de los compromisarios, eclesiásticos o juristas todos ellos.
Por Aragón: Domingo Ram (obispo de Huesca), Francisco de Aranda (enviado de Benedicto XIII) y el inefable Berenguer de Bardaxí;
Por Valencia: Bonifacio y Vicente Ferrer y Giner Rabasa (sustituido luego por Pedro Bertrán);
Por los Condados  (Cataluña): Pedro de Sagarriga (arzobispo de Tarragona), Guillén de Vallseca y Bernardo de Gualbes.
Nombres que fueron aceptados por los parlamentos de la Corona de Aragón sin apenas reparos.
Con ello la iniciativa aragonesa -respaldada por la autoridad espiritual de Benedicto XIII- se había impuesto sobre la indecisión de los condados, la división de los valencianos y la rebeldía de los conjurados en el paralelo Parlamento de Mequinenza, que intentaba apoyar al conde de Urgel e invalidar los demás parlamentos.
Los compromisarios se encerraron finalmente en concilio sucesorio el 17 de abril con absoluta reserva en sus deliberaciones, escuchando a los procuradores y abogados de los candidatos.
Tras una primera prórroga a partir del 28 de mayo, día en que expiraba el primer plazo estipulado en la Concordia de Alcañiz, el 24 de junio, reunidos los jueces en votación secreta, levantaron acta por triplicado.
Fernando de Castilla obtuvo seis de los nueve votos: los tres aragoneses, los dos valencianos de los hermanos Ferrer, y el catalán de Bernart Gualbes; al menos, pues, uno de cada uno de los tres reinos.
La sentencia de Caspe complació mucho en Aragón, menos en Valencia y escasamente en los Condados (Cataluña).
El día 28 de Junio de 1412, en la iglesia mayor de la villa, tras un solemne oficio religioso, San Vicente Ferrer leía públicamente el acta de la elección, culminando un episodio de la historia de Aragón que sirvió para introducir en la Corona una nueva dinastía en la persona de Fernando I de Trastámara, quien tuvo que resolver en primer lugar la violenta oposición del conde de Urgel y de sus seguidores, encabezados por el aragonés Antón de Luna que nunca aceptaron la resolución de Caspe.